Ceuta24h
  • Inicio
  • Actualidad
  • Ceuta
  • Cultura
  • Deporte
  • Economía
  • Educación
  • Internacional
  • Laboral
  • Nacional
  • Sanidad
  • Sucesos
Sin resultado
View All Result
Ceuta24h
  • Inicio
  • Actualidad
  • Ceuta
  • Cultura
  • Deporte
  • Economía
  • Educación
  • Internacional
  • Laboral
  • Nacional
  • Sanidad
  • Sucesos
Sin resultado
View All Result
Ceuta24h
Sin resultado
View All Result

Condenan a un camarero en Barcelona por negar servicio a una pareja lésbica

por Redaccion Ceuta24Horas
7 de marzo de 2026
en Justicia
0
585
Compartido
3.2k
Lecturas
Compartir en FacebookCompartir en WhatsappCompartir en X

La Audiencia de Barcelona ha anulado una sentencia previa que absolvía a un camarero y le ha impuesto una inhabilitación especial de dos años para desempeñar cualquier profesión u oficio relacionado con la restauración, así como labores docentes, deportivas o de tiempo libre. La Sala, que aceptó el recurso presentado por la Fiscalía, condena además al acusado a compensar con 1.000 euros a cada una de las dos mujeres afectadas, reconociendo que sufrieron discriminación por su orientación sexual en un incidente que tuvo lugar en octubre de 2022.

Los hechos: negativa reiterada al servicio

Los hechos ocurrieron el 5 de octubre de 2022 en un restaurante de Barcelona, donde el condenado trabajaba como ayudante de camarero. Según el fallo de la sección quinta de la Audiencia de Barcelona, el hombre infringió el derecho a la igualdad y la ausencia de discriminación al impedir que la pareja consumiera en el establecimiento.

La causa señala que cerca de las 11:40 horas, las mujeres pidieron dos cafés en la terraza del restaurante, mientras que otros clientes sí estaban siendo atendidos con la misma bebida. Tras la negativa del camarero, quien alegó no poder servirlas, las afectadas solicitaron luego dos zumos de melocotón y después dos de naranja. El acusado rechazó cada petición y finalmente les instó a abandonar el local, justificando su actuación con la cercanía del servicio de comidas.

Sentencia por vulneración de derechos fundamentales

Luego de que las mujeres se marcharan, volvieron a pasar frente a la terraza alrededor de las 12:20 horas y observaron a otros clientes tomando café. Al expresar al camarero su malestar por el trato recibido, éste respondió con comentarios despectivos como «Qué bonito es el amor» y «Yo soy el dueño y decido a quién sirvo».

La Audiencia concluye que las acciones del acusado respondieron al rechazo hacia la orientación sexual de las víctimas, calificando el caso como un delito contra derechos fundamentales y libertades públicas. El tribunal determina que esta conducta generó en las mujeres síntomas ansiosos derivados de la situación de rechazo vivida en el local.

En consecuencia, la resolución establece una inhabilitación especial de dos años para ejercer cualquier profesión, oficio, industria o comercio, así como para desempeñar funciones en ámbitos docentes, deportivos y recreativos.

Compartir234EnviarTweet146
Redaccion Ceuta24Horas

Redaccion Ceuta24Horas

Noticias relacionadas

Bárcenas llega a juicio: la cúpula de Interior durante el Gobierno de Rajoy en el banquillo

5 de abril de 2026

Canarias y Extremadura: dos realidades opuestas en la tasa de feminicidios en España

4 de abril de 2026

El Tribunal Supremo protege a un jubilado que se endeudó para apoyar a su familia

4 de abril de 2026
Siguiente noticia

San Juan de Dios: El Innovador de la Caridad | Santoral 8 de marzo

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In
Gestionar cookies

Utilizamos cookies para mejorar su experiencia de navegación, ofrecer contenido y anuncios personalizados, y analizar nuestro tráfico. Puede aceptar todas las cookies o configurar sus preferencias.

Funcionales Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para la finalidad legítima de permitir el uso de un servicio específico solicitado expresamente por el usuario o abonado, o con el único propósito de efectuar la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferences
The technical storage or access is necessary for the legitimate purpose of storing preferences that are not requested by the subscriber or user.
Estadisiticas
The technical storage or access that is used exclusively for statistical purposes. Las cookies estadísticas ayudan a los propietarios del sitio web a comprender cómo interactúan los visitantes recopilando y reportando información de forma anónima.
Marketing
Las cookies de marketing se utilizan para rastrear a los visitantes en los sitios web con el fin de mostrar anuncios relevantes.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}
Sin resultado
View All Result
  • Inicio
  • Ceuta
  • Actualidad
  • Sociedad
  • Política
  • Economía
  • Sanidad
  • Justicia
  • Sucesos
  • Nacional
  • Internacional

© 2026 JNews - Premium WordPress news & magazine theme by Jegtheme.