El caso de Ángela Rafaela, integrante de la Policía Local de Ceuta con 25 años de trayectoria, ha experimentado un cambio jurídico tras la queja de su defensa por lo que califican como serias «irregularidades» en su procedimiento judicial. Según informa El Faro de Ceuta, la agente estuvo 11 meses en prisión provisional bajo una jurisdicción que, según su abogado, no era legalmente competente para el caso.
El conflicto de competencias: ¿Violencia de Género o Instrucción Ordinaria?
El centro de la controversia radica en la identidad registral de la agente. Ángela Rafaela realizó su cambio de género en junio de 2023, conforme a la Ley 4/2023. Al ser ambas partes consideradas mujeres ante la ley en el momento de los hechos denunciados (febrero de 2024), la defensa argumenta lo siguiente:
- Falta de competencia del Juzgado: El proceso se gestionó en un Juzgado de Violencia sobre la Mujer, cuando debería corresponder a un Juzgado de Instrucción ordinario.
- Inexistencia de antecedentes: No existen denuncias ni hechos previos a la rectificación registral que justifiquen la jurisdicción especial aplicada.
- Posible vulneración de derechos: Mantener el caso en esa vía podría implicar un incumplimiento del derecho al juez ordinario preestablecido por ley.
Cuestionando el supuesto «riesgo extremo»
Uno de los motivos para su encarcelamiento —en un módulo masculino— fue la presunta peligrosidad derivada de su condición de policía armada. No obstante, la defensa ha presentado una cronología administrativa que contradice esta justificación:
- Septiembre de 2023: La agente comenzó una baja médica.
- Noviembre de 2023: Entregó voluntariamente su armamento reglamentario (Walther P-99 y Glock 19).
- Febrero de 2024: Se presentó la denuncia.
Para el abogado Elías Yanes, el hecho de que la agente permaneciera varios meses sin armas antes de la denuncia desvirtúa el argumento del «riesgo extremo» que sirvió para justificar su privación de libertad durante 11 meses.
Repercusiones familiares y custodia
La defensa relaciona la presentación de la denuncia por maltrato con una estrategia legal posterior a la solicitud de custodia compartida presentada por la agente el 5 de febrero de 2024. Destacan que un atestado anterior (enero de 2024) señalaba explícitamente la ausencia de episodios violentos.
En la actualidad, la defensa prioriza la restauración del vínculo con sus hijos menores, interrumpido por más de dos años. Alegan que el «Interés Superior del Menor» debe prevalecer para evitar consecuencias negativas en el desarrollo emocional de los menores tras este prolongado periodo sin contacto con su madre.




