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domingo, septiembre 15, 2024

El Supremo desestima recursos contra devoluciones de menores y subraya necesidad de actuación sujeta a Constitución y leyes

El consejero de Presidencia y Gobernación de Ceuta, Alberto Gaitán, se pronunció ante los medios, este martes, acerca de la sentencia del Tribunal Supremo que confirmó la ilegalidad de las devoluciones de niños migrantes marroquíes realizadas en agosto de 2021. Aunque el Gobierno local acata el veredicto, insiste en que actuaron "conforme a la ley", y el consejero destaca la necesidad de solidaridad nacional para gestionar la crisis migratoria de menores.

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El consejero de Presidencia y Gobernación del Gobierno de Ceuta, Alberto Gaitán, ha ofrecido declaraciones en relación con la sentencia del Tribunal Supremo que ratifica la ilegalidad de las devoluciones de niños migrantes solos de origen marroquí realizadas en agosto de 2021. Aunque el Gobierno local «acata y respeta sin matices ni reparos» el veredicto, Gaitán ha reiterado que la Administración actuó «convencida de que se estaba obrando conforme a la ley».

Durante sus declaraciones a los medios, Gaitán ha subrayado la claridad y contundencia con la que la sentencia del Supremo aborda la magnitud, gravedad y dificultad de la situación que se vivió durante la crisis migratoria de mayo de 2021, la cual resultó en la presencia de un millar de menores extranjeros no acompañados en la ciudad autónoma. Según el consejero, tanto la Administración General del Estado como la Ciudad Autónoma entendieron que el Acuerdo con Marruecos de 2007 formaba parte del ordenamiento jurídico español y que era el mecanismo adecuado para abordar la situación de excepcionalidad, aplicando el interés superior del niño.

Gaitán ha destacado que la sentencia del Supremo clarifica la naturaleza jurídica del Acuerdo con Marruecos y el procedimiento aplicable al respecto. Asimismo, ha enfatizado la necesidad de agilizar los mecanismos de derivación de menores extranjeros no acompañados en Ceuta, señalando la importancia de la solidaridad nacional para abordar un problema que la ciudad no puede gestionar de manera individual debido a sus recursos limitados que se desbordan rápidamente en situaciones de crisis migratoria.

El Supremo desestimó los recursos presentados por el Estado y la Ciudad contra los fallos en su contra de primera y segunda instancia, argumentando que la invocación de circunstancias excepcionales resulta abstracta y que no se justifica una interpretación laxa de la legalidad ni una dispensa de su cumplimiento, incluso considerando la aquiescencia de otro país, en este caso, Marruecos. La sentencia señala que la pasividad de la Administración española no puede justificarse, y que el respeto a la Constitución y las leyes es fundamental para la respetabilidad de España como Estado de derecho.

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