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Sentencia adversa a ‘El Jueves’: condenada por vulnerar el honor de Abogados Cristianos al exceder los límites de la sátira

por Redaccion Ceuta24Horas
26 de mayo de 2026
en Sociedad
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El Tribunal de Instancia de Valladolid concluye que las expresiones publicadas en la sección «Gilipollas del año» sobrepasaron lo permitido por la libertad de expresión y ordena indemnizar a la asociación y a su presidenta.

VALLADOLID — El Tribunal de Instancia de Valladolid ha establecido que la revista satírica El Jueves y su editora, RBA Holding de Comunicación, vulneraron el derecho al honor de la Fundación Española de Abogados Cristianos y de su presidenta, Polonia Castellanos. La sentencia acepta parcialmente la demanda presentada por dicha entidad debido a las descalificaciones publicadas en la revista.

Retirada de materiales e indemnización

La resolución obliga, de forma solidaria, a los demandados a eliminar definitivamente la sección «Gilipollas del año 2024» del ejemplar publicado en enero de 2025, donde se concentraban los ataques contra esta asociación jurídica.

Además, se establecen las siguientes compensaciones económicas y acciones:

  • Un pago de 4.000 euros a favor de Polonia Castellanos, presidenta de la fundación.
  • Una indemnización de 2.000 euros para la Fundación Española de Abogados Cristianos.
  • La obligación de publicar íntegramente la sentencia en la próxima edición impresa de la revista.

Delimitación entre sátira y ataque personal

Los hechos analizados provienen de la última viñeta del mencionado número, donde se incluían frases dirigidas a la asociación que decían: «Así que sí, gilipollas, pero no gilipollas de tontos, sino gilipollas de malvados, de mezquinos, de personas egoístas que solo buscan enfangar el bien común».

Durante la vista celebrada el 9 de febrero, la Fiscalía coincidió con los demandantes, señalando que el contenido de la viñeta sobrepasaba el límite de la libertad de expresión y caía en el descrédito personal.

La jueza del caso sostiene este criterio en su fallo, indicando que tales expresiones están fuera del amparo constitucional. El texto judicial concluye que utilizar dichos calificativos excede lo justificable en la crítica satírica, constituyendo una vulneración clara del derecho al honor, ya que no aportan valor informativo ni opinión legítima, sino un insulto directo.

Es importante mencionar que esta resolución no es definitiva, por lo que los responsables de la publicación pueden presentar un recurso de apelación ante tribunales superiores.

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Redaccion Ceuta24Horas

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