Los jueces rechazan la imputación contra el exlíder socialista Miguel Ángel Gallardo relacionada con el nombramiento de un tercero, aunque desestiman la nulidad total del proceso que pedían las defensas.
La Audiencia Provincial de Badajoz, que desde el pasado jueves juzga a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, junto a otras diez personas por presuntas irregularidades en la Diputación de Badajoz, ha decidido este lunes declarar prescrita la responsabilidad penal del familiar de Pedro Sánchez por el delito de aceptación de nombramiento ilegal.
Durante la sesión matinal, el presidente de la sala, José Antonio Patrocinio, anunció la resolución: “Declaramos extinguida por prescripción la responsabilidad penal por el delito de aceptación de nombramiento ilegal en el ámbito subjetivo del enjuiciamiento”. Esta decisión se adoptó tras acoger la petición presentada por la defensa de David Sánchez en la fase de cuestiones previas, con el apoyo expreso de la Fiscalía, que además solicitaba la absolución de todos los acusados en esta causa.
Con esta medida, el hermano del jefe del Ejecutivo ve aligerada su situación judicial. Inicialmente afrontaba solicitudes de hasta tres años de prisión por dos presuntos delitos de tráfico de influencias en concurso medial con prevaricación administrativa, junto con el delito ahora prescrito de aceptación de nombramiento ilegal, que era el cargo menos grave, castigado únicamente con multas.
Cambio en la acusación contra Miguel Ángel Gallardo
La sentencia también afecta a la defensa del exdirigente socialista extremeño y expresidente provincial, Miguel Ángel Gallardo. Los magistrados han decidido retirar una de las principales acusaciones formuladas por las acusaciones populares, que pedían tres años de cárcel contra él.
Concretamente, Gallardo ya no será juzgado por su supuesta vinculación con la contratación en diciembre de 2023 de Luis Carrero, amigo personal de David Sánchez. El tribunal, siguiendo los argumentos de su abogado y del Ministerio Fiscal, consideró que esta acusación se introdujo de forma «inasperada» cuando Gallardo ya había declarado como investigado y sin convocarle nuevamente para que pudiera ejercer su defensa. Según los jueces, este procedimiento vulneró gravemente su derecho constitucional a la defensa, lo que redujo a la mitad la pena total solicitada para el exlíder socialista, fijándola en un año y medio de prisión.
Rechazo unánime a la nulidad de las actuaciones
A pesar de estos cambios y exenciones parciales, el tribunal ha negado de forma contundente la nulidad total del proceso, planteada de manera conjunta por todas las defensas el pasado jueves. Los abogados sostenían que se había llevado a cabo una «investigación prospectiva» —un tipo de instrucción general sin indicios previos, prohibida por la normativa española— y criticaban la autorización para que la Guardia Civil interviniera masivamente los correos electrónicos de altos cargos y empleados de la Diputación de Badajoz.
Siguiendo los criterios de la Fiscalía y respaldando la labor de la jueza instructora, Beatriz Biedma, la Audiencia de Badajoz concluyó que no existió dicha investigación prospectiva ni se vulneraron derechos fundamentales durante el acceso a los correos electrónicos corporativos. Tras resolver estas cuestiones previas, el tribunal ha iniciado formalmente la siguiente fase del proceso, comenzando el interrogatorio de los testigos convocados en la causa.




