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Artículo 4 de la UEFA: la norma legal que podría excluir al Barcelona de competiciones europeas por el ‘Caso Negreira’

por Redaccion Ceuta24Horas
17 de junio de 2026
en Actualidad
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MADRID. — El ‘Caso Negreira’ continúa generando impacto en el fútbol español y coloca al FC Barcelona en una situación comprometida a nivel europeo. Tras la iniciativa del Real Madrid, que presentó un informe solicitando una resolución clara y justa respecto a los pagos efectuados al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), la atención se dirige hacia Nyon. La UEFA tiene la exclusiva autoridad para imponer sanciones deportivas al club catalán, no la FIFA, quien no interviene en este ámbito.

Este movimiento del equipo merengue rompe la tregua y la «relación interesada» que ambos grandes del fútbol español habían mantenido en años recientes por proyectos conjuntos, como la Superliga, y regresa la relación institucional a su habitual estado de rivalidad máxima.

Artículo 4: Sanción inmediata sin requerir sentencia judicial

El eje central de la situación es el artículo 4 del reglamento disciplinario de la UEFA, que autoriza al organismo europeo a excluir de sus competiciones a cualquier club que comprometa la integridad deportiva.

A diferencia de la justicia ordinaria, la UEFA no requiere una resolución judicial definitiva para actuar. Según el artículo:

«Si la UEFA determina plenamente que un club ha participado directa o indirectamente (…) en actividades destinadas a manipular o influir en el resultado de un encuentro a nivel nacional o internacional, declarará que dicho club queda excluido de la competición».

Esta sanción de inelegibilidad se aplica por una temporada. El reglamento también indica que, aunque la UEFA puede apoyarse en decisiones de tribunales estatales o deportivos nacionales, no está obligada a atenerse a ellas y mantiene autonomía completa para dictar su resolución.

La posición de la UEFA y el papel secundario de la FIFA

Aleksander Ceferin, presidente de la UEFA, calificó en su momento el ‘Caso Negreira’ como «una de las situaciones más serias» vistas en el fútbol. Aunque la UEFA optó por ser cauta y esperar los avances de los tribunales españoles, el proceso disciplinario permanece abierto.

Ante esta circunstancia, surgen dudas sobre la función de la máxima autoridad del fútbol mundial:

  • ¿Qué función cumple la UEFA? Dado que se trata de un presunto fraude originado en una competición local (LaLiga), es la única competente para sancionar al club en el ámbito europeo, de acuerdo con sus estatutos de integridad.
  • ¿Y la FIFA? Su papel es exclusivamente de observadora. Interviene solo si el escándalo afecta directamente a una Federación Nacional en casos de manipulación generalizada, pero no posee potestad para sancionar a clubes en este contexto.

Teniendo en cuenta el reglamento y la renovada presión del Real Madrid, la posibilidad de que el FC Barcelona sea excluido de la Champions League durante una temporada vuelve a ser una opción considerada en los despachos del Camp Nou.

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Redaccion Ceuta24Horas

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