El manejo de los contratos menores, las obras tramitadas por la vía de urgencia y los acuerdos extrajudiciales vuelve a centrarse como un tema clave en el debate sobre la transparencia en la Ciudad Autónoma de Ceuta y sus empresas municipales.
Cada vez son más las voces que critican un modelo de gestión que recurre frecuentemente a procedimientos excepcionales que, en lugar de aplicarse a situaciones puntuales, se han transformado en una práctica común. Esta dinámica, según dichas críticas, distorsiona el propósito de la contratación pública, disminuyendo la competencia y la transparencia.
Los contratos menores fueron diseñados para atender necesidades específicas y de poca cuantía, y no para fragmentar servicios similares o repetir adjudicaciones en un mismo periodo hasta sobrepasar los límites económicos legales. Cuando esta práctica se normaliza, resulta fundamental ofrecer explicaciones públicas y asegurar un control efectivo.
Además, existe un uso reiterado de la tramitación urgente y de los reconocimientos extrajudiciales de crédito, mecanismos que deberían emplearse solo en casos excepcionales y no como una manera frecuente de gestionar contratos o gastos. La repetición de estos procedimientos suscita dudas sobre la planificación y el cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia e igualdad.
Genera especial inquietud la existencia de denuncias en relación con algunas empresas municipales, como ACEMSA, donde se indica que ciertas adjudicaciones o subcontrataciones podrían favorecer, supuestamente, a empresas con vínculos familiares con responsables de áreas específicas. Si estas situaciones se comprueban, deberán investigarse y aclararse con total transparencia para evitar posibles conflictos de intereses.
También preocupa que, según diversas fuentes, algunos expedientes recurran al contrato menor como respaldo legal para actuaciones que técnicos rechazan informar favorablemente por considerar que no cumplen con la normativa. De confirmarse, sería una práctica muy grave que exigiría adoptar medidas de responsabilidad.
La ciudadanía tiene derecho a conocer la gestión de cada euro del dinero público, quiénes son los adjudicatarios, por qué determinados beneficiarios se repiten y cuáles son los criterios técnicos y jurídicos que fundamentan cada decisión.
La transparencia no debe limitarse a un lema institucional, sino que debe reflejarse en expedientes rigurosos, procesos abiertos y una rendición de cuentas constante. La confianza ciudadana solo se construye con claridad y supervisión, no con falta de información ni con el uso abusivo de procedimientos excepcionales.




