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Vivas debe dar la cara por los 37,3 millones del pleno exprés

por Redaccion Ceuta24Horas
4 de noviembre de 2026
en Actualidad, Ceuta, Opiniones
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La aprobación de modificaciones presupuestarias durante la emergencia migratoria del 31 de julio exige explicaciones públicas, transparencia y una fiscalización independiente de las contrataciones posteriores.

Por: JAVIER M.

Ceuta necesita explicaciones. El 31 de julio de 2026, mientras la ciudad afrontaba una entrada masiva de personas procedentes de Marruecos, el presidente de la Ciudad, Juan Vivas, presidió un pleno extraordinario en el que se aprobaron inicialmente modificaciones presupuestarias por unos 37,3 millones de euros.

Según la crónica publicada por El Pueblo de Ceuta, la sesión se desarrolló sin exposiciones ni debate, una rapidez que se justificó por la necesidad de atender la emergencia. Tras las votaciones, los portavoces retomaron las reuniones relacionadas con la crisis.

La excepcionalidad de aquella jornada puede explicar la urgencia, pero no elimina la obligación de rendir cuentas. Cuando se adoptan decisiones económicas de semejante alcance, los ciudadanos tienen derecho a conocer qué se aprobó, por qué se consideró necesario, qué informes respaldaron las propuestas y cuál ha sido su ejecución posterior.

Las partidas incluían reparaciones por los temporales, amortización de deuda y otras actuaciones, entre ellas un incremento de 1,35 millones de euros para la AD Ceuta. También se aprobaron declaraciones de interés estratégico para Odissea y el proyecto de GASIB.

Por tanto, el contenido de aquella sesión iba más allá de la respuesta inmediata a la llegada de personas. Y precisamente por eso merece una explicación detallada.

La rapidez de una votación no demuestra por sí misma ninguna ilegalidad. Pero tampoco puede convertirse en una autorización política indefinida para cualquier decisión posterior. La transparencia no es una concesión del Gobierno: es una obligación inherente a la gestión de los recursos públicos.

Más de 5,75 millones en contratos que requieren explicaciones

La contratación vinculada a la emergencia migratoria ha añadido nuevas preguntas al debate público.

Según la información publicada por elDiario.es, el 27 de agosto de 2026 se adjudicaron contratos por 3.267.698,08 euros a Absercon y por 2.483.175 euros a Ferreterías Doncel. En conjunto, las cantidades superan los 5,75 millones de euros.

La misma información señala vínculos familiares entre los administradores de ambas empresas y personas relacionadas con el poder local: el administrador de Absercon sería hermano del secretario administrativo de Presidencia, mientras que el administrador de Ferreterías Doncel sería primo hermano del presidente de la Autoridad Portuaria, Juan Manuel Doncel.

Estos vínculos no demuestran, por sí solos, que se produjera un trato de favor ni que las adjudicaciones fueran ilegales. Sin embargo, constituyen circunstancias que justifican examinar con rigor los procedimientos, las posibles intervenciones de responsables públicos y las garantías de imparcialidad aplicadas.

El Gobierno ha defendido la legalidad de las contrataciones, ha negado que Juan Vivas seleccionara directamente a las empresas y ha atribuido las propuestas a los técnicos. También ha alegado experiencia, disponibilidad y capacidad para responder de inmediato a las necesidades, señalando que las actuaciones se distribuyeron entre siete empresas.

Esas explicaciones deben contrastarse con los expedientes.

¿Quién identificó las necesidades? ¿Quién propuso a cada empresa? ¿Qué criterios se utilizaron para determinar los precios? ¿Qué informes técnicos justificaron las decisiones? ¿Qué trabajos y suministros se realizaron efectivamente? ¿Coinciden las prestaciones recibidas con las certificaciones, las facturas y los pagos?

Son preguntas concretas que pueden responderse mediante documentación. No basta con invocar la confianza en los técnicos ni con rechazar las críticas por considerarlas interesadas.

La contratación de emergencia permite simplificar determinados procedimientos cuando concurren los requisitos legales, pero no elimina la obligación de justificar las actuaciones ni el control sobre el dinero público. La urgencia debe acreditarse y las prestaciones deben poder verificarse.

También es necesario precisar que las modificaciones presupuestarias aprobadas el 31 de julio y los contratos adjudicados posteriormente son operaciones distintas. No está acreditado que los 37,3 millones financiaran directamente esas adjudicaciones. Confundir ambos asuntos sería tan incorrecto como utilizar la separación entre ellos para evitar el examen de cada expediente.

El Puerto y Ferreterías Doncel: antecedentes que deben revisarse

La información publicada sobre los contratos de emergencia no agota las cuestiones que pueden plantearse en relación con Ferreterías Doncel. Los antecedentes de contratación de esta empresa con la Autoridad Portuaria también merecen un análisis documental, especialmente en lo relativo a las garantías de imparcialidad.

El anuncio publicado en el BOE con referencia BOE-B-2023-16834 recoge una concesión acordada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria el 22 de mayo de 2023. Se trata de una superficie de 1.200 metros cuadrados en el muelle Cañonero Dato, durante veinticinco años, destinada a actividades logísticas y suministros, con una tasa anual de ocupación de 30.299,14 euros.

Posteriormente, el expediente 09/2023 recoge una adjudicación de vestuario a Ferreterías Doncel por 22.477,50 euros. El anuncio identifica tres ofertas recibidas.

En el expediente 30/2024 figura otra adjudicación, relativa a fontanería y saneamiento, por 33.643,07 euros, acordada en diciembre de 2024 y publicada en 2025. En este caso, el anuncio recoge una oferta.

Por último, los anuncios del expediente 55/2025 identifican tres lotes adjudicados a la empresa en 2026 por 50.268, 43.310 y 16.472 euros, respectivamente. Los tres suman 110.050 euros.

La existencia de una concesión y de varias adjudicaciones a una misma empresa no demuestra favoritismo. Las Administraciones pueden contratar reiteradamente con un proveedor cuando se cumplen los requisitos legales.

La cuestión relevante es otra: ¿qué garantías de imparcialidad se aplicaron en cada procedimiento y qué intervención tuvieron los responsables públicos?

El artículo 23 de la Ley 40/2015 regula los supuestos de abstención de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones públicas, incluidos determinados vínculos familiares. Los primos hermanos se encuentran dentro del cuarto grado de consanguinidad.

La aplicación de esta norma exige examinar las circunstancias concretas de cada expediente, la intervención efectiva de los responsables y la existencia de posibles causas de abstención. Los anuncios públicos, por sí solos, no permiten concluir que se incumpliera la ley.

Por ello, deben revisarse las resoluciones originales, las firmas, las delegaciones de competencias, las actas pertinentes y los eventuales acuerdos de abstención o sustitución. La finalidad no debe ser anticipar culpabilidades, sino comprobar si las decisiones se adoptaron con todas las garantías exigibles.

También debe mantenerse una distinción fundamental: los antecedentes de contratación portuaria no acreditan que Ferreterías Doncel interviniera en las adjudicaciones de emergencia de la Ciudad. Cada expediente y cada posible responsabilidad deben analizarse por separado.

La transparencia debe llegar hasta el final

La controversia exige precisión jurídica. Una contratación discutible desde el punto de vista político no constituye automáticamente un delito. Para apreciar una posible prevaricación administrativa, el artículo 404 del Código Penal exige, entre otros elementos, una resolución arbitraria dictada a sabiendas de su injusticia.

Por su parte, el artículo 428 contempla el tráfico de influencias en los supuestos que describe la norma, cuando se cumplen sus requisitos legales. El artículo 436 regula determinadas conductas fraudulentas relacionadas con la contratación pública.

Los datos expuestos no acreditan por sí mismos la comisión de ninguno de esos delitos. Para valorar una posible responsabilidad penal sería necesario disponer de hechos adicionales y pruebas suficientes.

Pero esa cautela jurídica no debe confundirse con la ausencia de responsabilidad política. Los responsables públicos tienen que explicar sus decisiones, facilitar el acceso a la documentación pertinente y someter su actuación al control de los órganos competentes.

Si una revisión independiente detecta indicios concretos de delito, deberán ponerse en conocimiento de la Fiscalía o del órgano judicial competente. Si no aparecen, las conclusiones también deberán hacerse públicas, para evitar que las sospechas sustituyan indefinidamente a los hechos.

La ciudadanía no puede quedar atrapada entre acusaciones sin demostrar y respuestas institucionales que no permitan comprobar lo ocurrido.

Vivas debe responder por la gestión de su Gobierno

Juan Vivas debe dar explicaciones sobre las decisiones económicas adoptadas por su Gobierno durante aquella emergencia y sobre las garantías aplicadas en las contrataciones posteriores que correspondan a la Ciudad. Juan Manuel Doncel, por su parte, debe responder sobre las actuaciones de la Autoridad Portuaria dentro de sus competencias y explicar las garantías de imparcialidad aplicadas cuando proceda.

No se trata de atribuir responsabilidades por parentesco ni de convertir una coincidencia familiar en una prueba de culpabilidad. Se trata de exigir que quienes ejercen funciones públicas permitan verificar cómo se toman las decisiones y cómo se administra el dinero de todos.

La emergencia del 31 de julio fue una situación excepcional. Precisamente por eso, la gestión de los recursos públicos debe poder reconstruirse con claridad: desde la identificación de las necesidades hasta las adjudicaciones, la ejecución de los trabajos y los pagos.

Ceuta merece saber qué se decidió, quién lo decidió, con qué fundamentos y con qué resultados.

La urgencia pudo justificar actuar con rapidez. Lo que no puede justificar es que las explicaciones lleguen tarde, sean incompletas o se limiten a pedir confianza.

La transparencia no debilita a las instituciones. Las fortalece. Y cuando se gestionan millones de euros de dinero público, dar explicaciones no es una opción: es una obligación.

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Redaccion Ceuta24Horas

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