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La legalidad de la prueba clave en el caso contra Zapatero: el complejo proceso judicial del móvil de Plus Ultra proveniente de EE. UU.

por Redaccion Ceuta24Horas
11 de junio de 2026
en Justicia, Política
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El juez José Luis Calama solicita asistencia internacional a Washington para proteger los mensajes que involucran al expresidente, mientras la defensa discute la procedencia de un clonado efectuado hace cinco años sin autorización judicial en territorio estadounidense.

Las investigaciones judiciales en España atraviesan un momento de considerable tensión técnica y diplomática. El juez titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha enviado con urgencia una comisión rogatoria internacional a las autoridades judiciales de Estados Unidos. Su finalidad es clara: asegurar la validación oficial definitiva para incorporar al proceso penal en España, de cara a un posible juicio, la copia íntegra del teléfono móvil de Rodolfo Reyes, exdirectivo y principal accionista venezolano de la polémica aerolínea Plus Ultra. Este dispositivo contiene las conversaciones que fundamentan la investigación por presunto tráfico de influencias vinculada al expresidente José Luis Rodríguez Zapatero, en relación con el rescate público de 53 millones de euros otorgado a la compañía tras la pandemia.

Esta acción judicial del magistrado Calama se produce en un momento crítico. La defensa legal de Rodríguez Zapatero respondió rápidamente solicitando formalmente que se requiera a Washington la información detallada (resoluciones judiciales u órdenes administrativas) que sustentaron la incautación del terminal. La controversia central no solo se centra en el contenido de los mensajes, sino también en la estricta observancia constitucional con la que una agencia de seguridad estadounidense accedió, clonó y proporcionó los datos privados a la Policía española, lo que abre el debate sobre la posible nulidad de esta prueba esencial.

Procedencia del dispositivo y la clonación en EE. UU.

Para entender la procedencia del teléfono, es necesario retroceder cinco años. El smartphone de Rodolfo Reyes fue intervenido inicialmente en 2021 durante una investigación transnacional amplia que comenzaron agencias federales estadounidenses en 2018, dirigida a desmantelar redes de crimen organizado, blanqueo de capitales vinculados a Venezuela, y supuestas tramas corruptas relacionadas con exfuncionarios chavistas en Florida y otros lugares de Estados Unidos.

La agencia de seguridad estadounidense Homeland Security Investigations (HSI) fue la encargada de copiar el contenido del teléfono del empresario venezolano en territorio norteamericano. Sin embargo, la polémica radica en que el volcado se realizó bajo prerrogativas de seguridad nacional e investigaciones aduaneras propias de EE. UU., que autorizan a ciertos organismos fronterizos a inspeccionar y copiar dispositivos tecnológicos en aduanas o durante detenciones puntuales sin una orden judicial previa, procedimiento distinto al que normalmente se exige en la legislación europea.

«Nuestro colega Zapatero detrás… Delcy, que contacte con Ábalos o con Zapatero»

— Mensajes de WhatsApp interceptados en el móvil de Rodolfo Reyes (marzo 2020)

Razones del retraso de cinco años para ser entregado en España

La cronología del caso muestra un flujo de cooperación policial que se activó en paralelo con otras decisiones judiciales internacionales. A principios de marzo, se reactivó una orden de arresto contra el directivo venezolano en la investigación que lleva la Audiencia Nacional. Doce días después, el 18 de marzo, las autoridades estadounidenses comunicaron a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional española que poseían una copia completa y fidedigna de las comunicaciones contenidas en ese teléfono móvil.

El retraso se debe a que la investigación estadounidense mantuvo la información en reserva mientras se desarrollaban sus propios procesos internos en Miami y Washington relacionados con blanqueo de capitales. Una vez que la relevancia del material trascendió en la instrucción española —centrada en el rescate millonario de la SEPI a Plus Ultra— la agencia federal procedió a transferir los datos. La UDEF elaboró dos informes detallados que sirvieron de base para la imputación del expresidente socialista.

Conflicto legal: La defensa y su estrategia

El principal punto de disputa es la validez y la legalidad internacional de la prueba. El letrado de José Luis Rodríguez Zapatero presentó un escrito al juzgado solicitando examinar cómo se obtuvo la información en Estados Unidos. La defensa argumenta la necesidad de verificar si la obtención de los chats de WhatsApp respetó las garantías procesales correspondientes o si se vulneraron el derecho a la intimidad y el secreto de las comunicaciones, amparados por el artículo 18 de la Constitución Española.

Fuentes jurídicas explican que si se concluye que la obtención inicial careció de la supervisión judicial adecuada, el tribunal podría aplicar la doctrina del «fruto del árbol envenenado», anulando los informes de la UDEF. Sin embargo, la jurisprudencia española incluye precedentes significativos en sentido contrario, como el conocido ‘caso Falciani’. En aquella causa, el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional respaldaron el uso de listas bancarias obtenidas de manera irregular en Suiza, ya que la violación original fue cometida por un particular en el extranjero sin colaboración previa de la policía del Estado receptor. En este contexto, dado que una agencia estatal extranjera actuó conforme a su propia legislación penal, el juez Calama busca que la justicia estadounidense valide formalmente la transferencia para proteger el trámite judicial de posibles defectos formales.

Preguntas y respuestas fundamentales del conflicto judicial:

  • ¿Es admisible en España una prueba obtenida en el extranjero sin orden judicial? La ley procesal penal española exige autorización judicial para intervenir comunicaciones. Sin embargo, a través de convenios internacionales, si la prueba se ha recolectado en un país tercero cumpliendo sus normas internas (en este caso, la legislación estadounidense), y se formaliza mediante comisión rogatoria, los tribunales españoles suelen admitirla, siempre que no se demuestre una violación grave de derechos fundamentales absolutos.

Con esta solicitud oficial enviada a Washington, el caso Plus Ultra avanza en su complejidad técnica. La respuesta de la justicia estadounidense decidirá si los mensajes que colocan a «pana Zapatero» como presunto responsable detrás del rescate financiero de la aerolínea pueden ser utilizados como prueba válida en los tribunales en España, o si, por el contrario, serán rechazados en la Audiencia Nacional.

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Redaccion Ceuta24Horas

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